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Real Decreto 249-2023, de 4 de abril, por el que se modifican diversas normas tributarias

Orden HFP/310/2023, de 28 de marzo, por la que se aprueban los modelos de declaración del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y del Impuesto sobre el Patrimonio, ejercicio 2022, se determinan el lugar, forma y plazos de presentación de los mismos, se establecen los procedimientos de obtención, modificación, confirmación y presentación del borrador de declaración del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, y se determinan las condiciones generales y el procedimiento para la presentación de ambos por medios electrónicos.

A partir del 15 de abril el límite exento de la obligación de aportar garantía en las solicitudes de aplazamiento o fraccionamiento se eleva a 50.000 euros

El pasado viernes, 31 de marzo, se publicó en el BOE la Orden HFP/311/2023, de 28 de marzo, por la que se eleva el límite exento de la obligación de aportar garantía en las solicitudes de aplazamiento o fraccionamiento a 50.000 euros.
La Orden entra en vigor el 15 de abril, pero hay que tener en cuenta que el nuevo límite exento de 50.000 euros no se aplicará a las solicitudes de aplazamiento y fraccionamiento que se encuentren en tramitación en dicha fecha, pues las mismas seguirán rigiéndose por lo establecido en la normativa vigente a la fecha de presentación de la correspondiente solicitud, es decir, les será de aplicación el límite de 30.000 euros.
Esta orden actualiza el antiguo límite exento de 30.000 euros establecido en la Orden HAP/2178/2015, de 9 de octubre, manteniéndose el ámbito de aplicación referente a las solicitudes de aplazamiento y fraccionamiento de pago de las deudas derivadas de derechos de naturaleza pública de la Hacienda Pública Estatal gestionados por la Agencia Estatal de Administración Tributaria y demás órganos de la Administración General del Estado y sus organismos autónomos.
Como viene siendo habitual, en el trámite de audiencia e información pública de esta norma, la AEDAF, en cumplimiento de las funciones previstas en sus estatutos y dentro del plazo establecido, presentó observaciones, las cuales, una vez más y como viene siendo costumbre, no han sido atendidas

La Administración Tributaria podrá  pedir la contabilidad en un procedimiento de comprobación limitada

En la tramitación parlamentaria del Proyecto de Ley por la que se modifica la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, en transposición de la Directiva (UE) 2021/514 del Consejo de 22 de marzo de 2021 por la que se modifica la Directiva 2011/16/UE relativa a la cooperación administrativa en el ámbito de la fiscalidad, (actualmente el texto se encuentra pendiente de entrada en el Senado), se han introducido dos enmiendas que afectan a la regulación del procedimiento de comprobación limitada. Se trata de las enmiendas número 6 y 7 presentadas por los Grupo Parlamentario Socialista y Confederal de Unidas Podemos-En Comú Podem-Galicia en Común, las cuales fueron aprobadas el pasado 23 de marzo, introduciéndose en el texto que ha de remitirse al Senado.
De este modo, se prevé modificar los artículos 136, apartados 2 y 4 y 138, apartado 2, para introducir la posibilidad de que la Administración Tributaria, en un procedimiento de comprobación limitada, pueda examinar la contabilidad.

Reformas fiscales y necesidades sociales

El pasado 14 de diciembre de 2022 se celebró presencialmente el III Encuentro
WIN IFA España en el Instituto de Estudios Fiscales. Este evento fue organizado
por el Instituto de Estudios Fiscales del Ministerio de Hacienda y Función Pública
y por el Grupo WIN España (Women of IFA Network) de la Asociación Española
de Derecho Financiero, rama española de la International Fiscal Association
(IFA). La iniciativa WIN surgió con el objetivo de dar visibilidad e incentivar el
papel de la mujer en el ámbito fiscal.
Bajo el título «Reformas fiscales y necesidades sociales», este Encuentro se
celebró para contribuir al debate sobre las reformas fiscales a desarrollar en
España desde la perspectiva de las necesidades sociales.