Algunos problemas actuales en materia de infracciones y sanciones tributarias
Documentación de la jornada «25 años de la Ley de derechos y garantías del contribuyente»
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Documentación de la jornada «Procedimiento de Comprobación limitada en gestión tras la reforma de la Ley 13/2023. Autoliquidación rectificativa. Consecuencias y efectos.»
Acuerdo Multilateral entre Autoridades competentes sobre intercambio automático de información relativa a los mecanismos de elusión del Estándar común de comunicación de información y las estructuras extraterritoriales opacas
Según el criterio de unificación de doctrina del TEAC el tipo del 15 por ciento para las empresas de nueva creación se aplicará en el primer ejercicio en el que obtengan base imponible positiva y en el periodo impositivo siguiente al anterior
Este estudio presenta una comparativa entre el tratamiento fiscal de las rentas del trabajo frente a las rentas del capital en los principales países de la OCDE. Su principal conclusión es que los ingresos por dividendos y las ganancias de capital están sujetos a tasas impositivas generalmente más bajas que las rentas del trabajo personal, beneficiando a las personas con altos ingresos. Esta situación es prácticamente unánime en los países de la OCDE, pero sucede lo contrario en España, donde la imposición sobre los dividendos puede resultar más elevada que la imposición sobre el salario. El estudio destaca que existen cada vez más argumentos que apoyan reforzar la imposición sobre el capital y que, en todo caso, el tratamiento fiscal diferenciado de ambos tipos de rendimiento puede afectar a la eficiencia y la equidad de los sistemas tributarios.
Es innegable que aquellos individuos que tienen su residencia habitual y efectiva en Ceuta o Melilla, sin una clara intención de establecerse permanentemente o arraigarse allí, pueden ser considerados como contribuyentes a efectos de la deducción establecida en el articulo 68.4.1º de la Ley del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (en adelante LIRPF). En consecuencia, el simple hecho de “vivir o residir de manera material y efectiva” en Ceuta o Melilla, incluso si es de forma temporal con pernocta incluida, es suficiente para tener tal condición y ser beneficiario de la mencionada deducción.
Resumen autos de admisión del recurso de casación elaborado por el Gabinete de Estudios en el que se incluyen las nuevas cuestiones (27 de junio hasta 20 de julio de 2023)