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Guía práctica sobre la aplicación del Reglamento VERIFACTU

El pasado 29 de julio de 2025 entró en vigor la obligación para los productores y comercializadores de sistemas y programas informáticos de facturación de tener y ofrecer a sus clientes sus productos adaptados a las exigencias del Real Decreto 1007/2023, de 5 de diciembre, denominado con carácter general como Reglamento Verifactu, el cual vino a desarrollar la obligación que se estableció en el artículo 29.2.j) de la L.G.T. modificado por la Ley 11/2021, de 9 de julio, denominada “Ley Antifraude”.
No debemos confundir este proyecto con la obligación de emitir facturas en formato electrónico, prevista en la Ley 18/2022, conocida como Ley Crea y Crece y de la que aún no se ha aprobado un desarrollo reglamentario.
Ambos son dos proyectos distintos, con iniciativas y objetivos diferentes y que están sujetos a calendarios independientes.
Como consecuencia de la existencia de ambos proyectos, se está apreciando una gran confusión informativa sobre el alcance real del Reglamento Verifactu y de sus obligaciones y, por esa razón, hemos considerado necesario realizar este documento con la finalidad de aclarar éstas y otras cuestiones de interés para nuestros asociados y sus clientes.