IconoPíldoras Informativas

Información interesante que puede resultarte útil

Otro capítulo en la conceptualización de las opciones tributarias. El ejercicio de la deducción de las cuotas de IVA soportado

El contribuyente puede instar la rectificación y la correspondiente devolución de ingresos indebidos respecto de una autoliquidación complementaria del IVA, en la que se habían incluido mayores cuotas soportadas, a fin de seguir y adecuarse al criterio seguido por la Administración tributaria en un procedimiento inspector previo para, de esta manera, evitar ser sancionado. Para ello, resulta imprescindible considerar que el ejercicio de la deducción por las cuotas soportadas de IVA es un derecho del contribuyente y no una opción tributaria del artículo 119.Tres de la Ley General Tributaria (LGT).

Se han introducido para 2024 modificaciones en la Ley de IVA para proveedores de servicios de pago

El pasado 9 de mayo se publicó en el BOE la Ley 11/2023, de 8 de mayo, de trasposición de Directivas de la Unión Europea en materia de accesibilidad de determinados productos y servicios, migración de personas altamente cualificadas, tributaria y digitalización de actuaciones notariales y registrales; y por la que se modifica la Ley 12/2011, de 27 de mayo, sobre responsabilidad civil por daños nucleares o producidos por materiales radiactivos.
Esta Ley traspone a nuestro ordenamiento interno varias Directivas de contenido tributario entre las que destacamos en materia de IVA la Directiva (UE) 2020/284 del Consejo de 18 de febrero de 2020, por la que se modifica la Directiva 2006/112/CE en relación a la introducción de determinados requisitos para los proveedores de servicios de pago que aplicarán a partir de 1 de enero de 2024.
A este respecto se modifica el Título X de la Ley 37/1992, de 28 de diciembre, del Impuesto sobre el Valor Añadido (LIVA) para incorporar en su capítulo II tres nuevos artículos: 166 ter, 166 quater y 166 quinquies.

El impuesto mínimo global en el negocio del transporte marítimo internacional. entidades navieras en funcion del tonelaje y especial referencia a canarias (registro especial de buques y bonificación)

Sumario
I. Introducción. Origen del nuevo impuesto y el interés de la OCDE de proteger el tráfico marítimo internacional. Un concepto problemático.
II. Principal figura del negocio afectada en la imposición directa española por el impuesto global mínimo: el Régimen de Tonelaje.
III. El Registro Especial de Buques y Empresas Navieras de Canarias (REBECA). La protección al tráfico regular marítimo vinculado a Canarias. La bonificación en el Impuesto sobre Sociedades.
IV. Nuestras conclusiones.