Consultas en materia de Impuesto sobre Sociedades
Documentación de la jornada «Últimas consultas emitidas por las distintas subdirecciones de la DGT»
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Documentación de la jornada «Últimas consultas emitidas por las distintas subdirecciones de la DGT»
El TJUE considera contrario a la Directiva Matriz-Filial el antiguo sistema francés de deducción por doble imposición económica. ¿Afecta la opinión del TJUE a la interpretación del artículo 21 LIS?
Documento recapitulativo con la relacción de las últimas resoluciones del TEAC y de los TEARs
La economía social ha sido desde hace tiempo objeto de estudio desde el punto de vista fiscal. En este ámbito, las cuestiones más espinosas se refieren al gravamen de la renta que las entidades del tercer sector derivan del ejercicio de actividades comerciales. Las preguntas a las que la investigación intenta dar respuesta son dos: ¿puede el deber de contribuir cumplirse con el desarrollo de actividades solidarias, como pueden definirse aquellas prestadas por estos entes? ¿Puede el principio de capacidad contributiva considerarse complementado con los beneficios obtenidos del estado por los servicios que prestan? Para responder adecuadamente, este estudio parte de una nueva y más amplia lectura del principio de capacidad contributiva del artículo 53 de la Constitución [italiana], retomando los estudios más recientes aceptados por el Tribunal Constitucional en la Sentencia núm. 72 de 2022, a la luz de la cual es también posible resolver la cuestión de los contra-límites constitucionales que pueden oponerse a posibles censuras de la Unión Europea a la legislación nacional centradas en la prohibición de ayudas de estado.
Gabinete de Estudios de AEDAF
Revista Técnica Tributaria, Nº 138, Sección Transferencia, Tercer trimestre de 2022, AEDAF
Nuevas propuestas de reforma fiscal en EE.UU: el «Greenbook 2023» y sus
potenciales implicaciones para la UE
El concepto de establecimiento permanente como lugar físico en el que se ejerce una actividad económica de forma continua en el país de la fuente tiene diferentes interpretaciones dependiendo de la regulación jurídica interna o internacional que del mismo se da. El establecimiento permanente aun cuando es sujeto pasivo del Impuesto sobre la Renta de los No Residentes tributa por la renta universal obtenida.
Este hecho le confiere una naturaleza mixta pues aplica la normativa del Impuesto sobre la Renta de los No Residentes pero también aplica el criterio de la residencia en cuanto a la tributación por la renta universal.
Los establecimientos permanentes son autónomos y tributan con independencia de la entidad no residente. No obstante, en ocasiones deben acumular sus facturaciones para determinar si tienen acceso a los beneficios fiscales como los regulados en el régimen especial para empresas de reducida dimensión.
Actualmente, se trabaja en el concepto de establecimiento permanente digital para gravar los beneficios de grandes multinacionales que operan online en territorios en los que no tienen presencia física.
Documentación de la Jornada «Apunte técnico: La retribución de los administradores en la empresa familiar para la obtención de beneficios en el IP y en ISD, ejemplos prácticos»