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Opiniones y actitudes fiscales de los españoles en 2020

La línea de investigación de Sociología Tributaria del Instituto de Estudios Fiscales tiene como objetivo proporcionar información continua acerca de la percepción social de la fiscalidad en España. El estudio “Opiniones y actitudes fiscales de los españoles en 2020”, cuyos principales resultados se presentan en este Documento, se enmarca en esta línea y representa una fase en el seguimiento longitudinal de la opinión fiscal que se publica desde 2001.
El estudio “Opiniones y actitudes fiscales de los españoles en 2020” constituye la vigesimosexta edición del barómetro fiscal anual, mediante el cual el Instituto de Estudios Fiscales se propone analizar la evolución de la demoscopia fiscal en relación con ciertas variables que configuran el núcleo básico de las ideas fiscales de la población española. La información relativa a este núcleo de ideas procede de una investigación cualitativa previa: “Los creadores de la opinión fiscal”1, sobre la que se ha basado el diseño del barómetro, la mayoría de cuyas ediciones anteriores2 ya han sido publicadas en esta misma colección.

Sobrepasar el alcance de las actuaciones inspectoras constituye un vicio sustantivo del procedimiento

El TEAC, en esta resolución de 22 de septiembre, cambia el criterio mantenido hasta el momento y, siguiendo la doctrina sentada por el Tribunal Supremo1, concluye que modificar el alcance de las actuaciones inspectoras sin que medie acuerdo del Inspector jefe notificado al interesado, constituye un defecto sustantivo o material del procedimiento -y no meramente formal o procedimental-, por lo que, en estos casos, no tiene cabida ordenar la retroacción de actuaciones.

Materiales sobre la exención en el IP

Documentación de la Jornada » Fiscalidad en el IP y en el ISD de la tenencia y transmisión lucrativa de las participaciones sociales. Análisis de cuestiones conflictivas y actuales criterios administrativos y judiciales (4 sesiones)

Contabilización ERTES

El ICAC ha establecido el criterio correcto para el registro contable de las exoneraciones del coste de la Seguridad Social a cargo de las empresas con motivo de los Expedientes de Reducción Temporal de Empleo (ERTES).

El TEAC no considera válidas las notificaciones realizadas a través de la DEHú

En relación con la nota del Grupo de Expertos de Derechos s en Derechos y Garantías de los Contribuyentes y de Práctica Tributaria sobre las notificaciones en la dirección electrónica habilitada única (DEHú), publicada en la RIA número 6, la AEDAF se ha puesto en contacto con el TEAC para trasladar la inquietud y confusión que estaba generando dicha cuestión y la problemática que podía originar la coexistencia de dos servicios de notificaciones electrónicas (NEO y DEHú) en el ámbito tributario.