Boletín de legislación RIA Nº 23-2022
Legislación correspondiente al período del 7 al 13 de junio de 2022
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Legislación correspondiente al período del 7 al 13 de junio de 2022
Resumen de la Jornada Nacional de Estudio 2022 – Vídeos y documentación
El Ejecutivo propone que en los seis primeros tramos, correspondientes a rendimientos netos de entre 670 y 1.700 euros mensuales, los autónomos paguen a la Seguridad Social entre 250 y 294 euros de cuota mensual, lo que supondría rebajas de entre 52 y 65 euros respecto a lo que pagan ahora en promedio mensual
Como es sabido, el procedimiento de revocación en materia tributaria se regula en el artículo 219 LGT, en donde se establece que “el procedimiento de revocación se iniciará siempre de oficio”, si bien el reglamento de desarrollo establece una curiosa matización al disponer que dicho procedimiento “se iniciará exclusivamente de oficio, sin perjuicio de que los interesados puedan promover su iniciación por la Administración competente mediante un escrito que dirigirán al órgano que dictó el acto. En este caso, la Administración quedará exclusivamente obligada a acusar recibo del escrito”.
Se trata de una regulación ciertamente sorprendente porque niega toda relevancia jurídica a la solicitud presentada por el interesado y permite a la Administración desoír las peticiones de revocación presentadas por los contribuyentes, lo que resulta difícilmente compatible con el mandato contenido en el artículo 106 de la Constitución, en donde se dispone que los Tribunales “controlan la potestad reglamentaria y la legalidad de la actuación administrativa, así como el sometimiento de ésta a los fines que la justifican”.
En relación con esta cuestión, las sentencias del Tribunal Supremo de 9 de febrero (ECLI:ES:TS:2022:484), 14 de febrero (ECLI:ES:TS:2022:699) y 4 de marzo de 2022 (ECLI:ES:TS:2022:865) han introducido importantes cambios en la interpretación de la normativa citada, en tanto han reconocido expresamente la posibilidad de iniciar el procedimiento de revocación a instancia de parte, al menos en los supuestos en que el recurrente pretende una devolución de ingresos indebidos
El TS ha admitido a casación el recurso interpuesto por AEDAF contra la OM que aprobó el modelo de declaración IRPF 2018 por obligar a su presentación electrónica
Esta Nota aborda la aproximación de la AEAT y de la DGT con respecto a dos de ellos, en concreto, con respecto al requisito de que el gasto esté “justificado documentalmente” y con respecto al requisito de que el gasto “se incurra en el desarrollo de la actividad económica” (requisito “específico” ciertamente asociado al “genérico” de que el gasto esté correlacionado con los ingresos).
Como podrá observarse, ni la AEAT ni la DGT están por la labor de hacer efectiva la voluntad del Legislador, esto es, que los “autónomos” puedan contar con un elevado grado de seguridad jurídica
Documento sometido al trámite de consulta pública previa con fecha 25 de mayo de 2022
Consulta pública previa sobre la orden hpf/xxxx/xxxx, de xxxx, por la que se aprueban el modelo xxx “prestación patrimonial pública de carácter no tributario exigible a los operadores petrolíferos al por mayor de productos petroliferos con capacidad de refino” y el procedimiento para su presentación e ingreso
Documento sometido a trámite de información pública el 3 de junio de 2022
Real decreto xx de xx de 2022, por el que se regulan supuestos de notificaciones y comunicaciones obligatorias por medios electrónicos para determinados procedimientos y ciertos colectivos en el ámbito de la agencia estatal de administración tributaria.