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Inaplicación del coeficiente de gastos y beneficios para calcular el valor catastral de edificaciones en régimen de autopromoción

En esta nota se comenta la STS de 25 de febrero de 2021 (rec. cas. 117/2019), la cual ha determinado que para el cálculo del valor catastral de un inmueble, construido sobre un terreno cedido por un ente público y con prohibición de transmitirlo en un plazo de 10 años, no debe aplicarse el coeficiente conocido como de gastos y , al concluir que en tal caso no se ha producido una actividad empresarial de promoción inmobiliaria. En el presente trabajo se resume y valora la resolución judicial referida, extrapolando sus conclusiones a otros inmuebles construidos en régimen de , y se reflexiona sobre los efectos jurídicos que la sentencia aludida puede tener tanto en relación con valores catastrales actuales y futuros como respecto de liquidaciones o autoliquidaciones de tributos que tomen en cuenta en su cálculo el referido valor catastral

Propuestas para una reforma fiscal

El Ministerio de Hacienda constituyó en el pasado mes de abril un comité de expertos para la reforma del sistema tributario, que tiene como objetivo analizar el sistema fiscal para mejorar su eficiencia, garantizar los recursos públicos y adaptarlo a los retos del siglo XXI.
Este comité, de carácter multidisciplinar, tiene como plazo para la entrega de sus conclusiones hasta el 28 de febrero de 2022, abriendo un periodo de consulta pública para recibir aportaciones hasta el 15 de julio de 2021.
En ese contexto, la Asociación Española de Asesores Fiscales, AEDAF, a través de sus Grupos de Expertos, ha elaborado una serie de propuestas para esta reforma, que contienen recomendaciones y sugerencias de orden técnico. Se trata de cuatro documentos de propuestas que se han integrado en este único documento, remitido a la comisión de expertos del Ministerio de Hacienda.