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Fincas rústicas – propuesta para la admisibilidad de su dación en pago y revisión de medidas tributarias autonómicas para el mejor aprovechamiento de los bienes inmuebles en el sector agroforestal

Si prestamos atención a las serias dificultades que está atravesando el sector primario de nuestra economía en la actual coyuntura, es fácil percatarse del frecuente abandono de tierras, en gran medida fruto del minifundismo que impide la rentabilidad económica de muchas explotaciones agrarias y forestales en nuestro país, con el consiguiente daño social y medioambiental. Al respecto, cabe transcribir el tenor literal del artículo 40 de la Constitución Española de 1978, apartado 1: «Los poderes públicos promoverán las condiciones favorables para el progreso social y económico y para una distribución de la renta regional y personal más equitativa, en el marco de una política de estabilidad económica. De manera especial realizarán una política orientada al pleno empleo»; y también del artículo 45, apartado 2: «Los poderes públicos velarán por la utilización racional de todos los recursos naturales, con el fin de proteger y mejorar la calidad de la vida y defender y restaurar el medio ambiente, apoyándose en la indispensable solidaridad colectiva»

Exención por rendimientos del trabajo percibidos por trabajos efectivamente realizados en el extranjero. Servicios intragrupo Art. 7. p LRPF

De nuevo la Dirección General de Tributos se pronuncia sobre el controvertido artículo 7. p) de la Ley de IRPF, relativo a la exención por rendimientos del trabajo percibidos por trabajos efectivamente realizados en el extranjero.
Esta exención fue introducida en nuestro sistema normativo hace más de veinte años, mediante la Ley 40/1998, de 9 de diciembre, del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y otras Normas Tributarias, con la finalidad de favorecer la competitividad de las empresas españolas y la internacionalización del capital humano residente en España. Aunque los requisitos exigidos para su aplicación pueden, a priori, no resultar muy complicados en su cumplimiento, no obstante, la aplicación práctica de esta exención, de la que son beneficiarios los trabajadores, queda muy limitada, dado el esfuerzo probatorio exigido, tanto a las empresas como a los contribuyentes, así como por las innumerables consultas planteadas ante este órgano directivo a este respecto

Deducción por maternidad correspondiente a los períodos impositiivos 2020, 2021 y 2022

El pasado sábado, 18 de marzo, se publicó en el BOE la Ley 6/2023, de 17 de marzo, de los Mercados de Valores y de los Servicios de Inversión, cuta Disposición final quinta introduce una modificación de la Ley 35/2006, de 28 de noviembre, del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas que afecta a la deducción por maternidad durante los ejercicios 2020, 2021 y 2022