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Sobrepasar el alcance de las actuaciones inspectoras constituye un vicio sustantivo del procedimiento

El TEAC, en esta resolución de 22 de septiembre, cambia el criterio mantenido hasta el momento y, siguiendo la doctrina sentada por el Tribunal Supremo1, concluye que modificar el alcance de las actuaciones inspectoras sin que medie acuerdo del Inspector jefe notificado al interesado, constituye un defecto sustantivo o material del procedimiento -y no meramente formal o procedimental-, por lo que, en estos casos, no tiene cabida ordenar la retroacción de actuaciones.

Contabilización ERTES

El ICAC ha establecido el criterio correcto para el registro contable de las exoneraciones del coste de la Seguridad Social a cargo de las empresas con motivo de los Expedientes de Reducción Temporal de Empleo (ERTES).

El TEAC no considera válidas las notificaciones realizadas a través de la DEHú

En relación con la nota del Grupo de Expertos de Derechos s en Derechos y Garantías de los Contribuyentes y de Práctica Tributaria sobre las notificaciones en la dirección electrónica habilitada única (DEHú), publicada en la RIA número 6, la AEDAF se ha puesto en contacto con el TEAC para trasladar la inquietud y confusión que estaba generando dicha cuestión y la problemática que podía originar la coexistencia de dos servicios de notificaciones electrónicas (NEO y DEHú) en el ámbito tributario.