El Grupo de expertos en Derchos y Garantías de los contribuyentes y de la práctica tributaria resuelve algunas cuestiones sobre la DT primera de la Ley 11-2021
Entre las modificaciones introducidas por la Ley 11/2021, de 9 de julio, de medidas de prevención y lucha contra el fraude fiscal, se encuentra la modificación del artículo 188 (apartados 1 y 3) de la LGT referido a la reducción de las sanciones. En este sentido, cabe recordar que dicha modificación consiste, básicamente, en lo siguiente: (i) Se incrementa la reducción de las sanciones derivadas de actas con acuerdo del 50 al 65 por ciento y (ii) la reducción por pronto pago de las sanciones se incrementa del 25 al 40 por ciento. Esta modificación va a acompañada de la regulación de un régimen transitorio. La presente nota recoje dichas medidas