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Documentación de la Jornada «Apunte técnico:GRUP IS : Mecanismos de monetización de deduciones en el IS: AIEs y el mecanimos de la deducción por inversiones en producciones cinematográficas»
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Legislación correspondiente al período del 9 al 16 de mayo de 2023
Circular 1-2023 de la Zona Especial Canaria – Servicios a viviendas vacaciones
La estructura y caracteres generales del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas se regula por la Ley 35/2006, de 28 de noviembre, del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y de modificación parcial de las leyes de los Impuestos sobre Sociedades, sobre la Renta de no Residentes y sobre el Patrimonio (LIRPF), efectuándose su desarrollo reglamentario a través del Real Decreto 439/2007, de 30 de marzo (RIRPF).
Siendo esta la normativa básica de referencia, no es, sin embargo, la única que resulta necesaria para efectuar un análisis del impuesto en cuestión, pues la misma debe completarse con disposiciones normativas estatales reguladoras de otros tributos, la normativa aprobada por cada Comunidad Autónoma (dentro de su respectivo ámbito competencial), disposiciones de rango inferior, las sucesivas Órdenes Ministeriales que aprueban anualmente los signos, índices o módulos de los empresarios en estimación objetiva, o la Orden Ministerial que aprueba los modelos y plazos de declaración del IRPF
Impuesto sobre sociedades (is) – consultas vinculantes de la dirección general de tributos
Período: febrero 2023
Impuesto sobre sociedades (is) – consultas vinculantes de la dirección general de tributos
Período: febrero 2023
El contribuyente puede instar la rectificación y la correspondiente devolución de ingresos indebidos respecto de una autoliquidación complementaria del IVA, en la que se habían incluido mayores cuotas soportadas, a fin de seguir y adecuarse al criterio seguido por la Administración tributaria en un procedimiento inspector previo para, de esta manera, evitar ser sancionado. Para ello, resulta imprescindible considerar que el ejercicio de la deducción por las cuotas soportadas de IVA es un derecho del contribuyente y no una opción tributaria del artículo 119.Tres de la Ley General Tributaria (LGT).