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Resumen reunión Grupo de Expertos en Impuesto sobre Sociedades de 30 de junio de 2025

Resumen de la reunión del Grupo de Expertos en Impuesto sobre Sociedades, celebrada el 30 de junio de 2025, en la que se comentaron entre otros temas la consulta V0363-25 de 20 de marzo de 2025 relativa a la compensación de bases imponibles negativas generadas en periodos de consolidación fiscal; el auto del Tribunal Supremo 30 de abril de 2025 rec. núm. 3021/2024 sobre la interpretación del artículo 12.3 del TRLIS, en relación con los deterioros dotados entre los años 2008 y 2012 vía del ajuste extracontable negativo; el Auto del Tribunal Supremo de 23 de abril de 2025 rec. núm. 3255/2024, en relación con la consideración del concepto “grupo de sociedades” y la aplicación del tipo de gravamen reducido o la consulta V0346-25 sobre la calificación como actividad económica del arrendamiento de inmuebles cuya gestión está cedida a terceros.

¿Sabías que…?-RIA Nº 36-2025

Se han actualizado los criterios de actuación
en materia de suspensión de la ejecución de
actos impugnados y de relación entre los
TEAS y la Agencia Tributaria

Sobre la motivación sancionadora en retrasos en la presentación de autoliquidaciones

El Gabinete de Estudios ha elaborado esta nota en la que se analiza la resolución del TEAC de 31 de marzo de 2025, res. núm. 05788/2021, en la que se examina la concurrencia de culpabilidad en una infracción por no presentar en plazo autoliquidaciones o declaraciones sin que se produzca perjuicio económico para la Hacienda Pública. El TEAC aprecia que, en estos supuestos, el elemento subjetivo de la culpabilidad puede considerase suficientemente motivado a partir de la propia descripción de los hechos, atribuyendo implícitamente al contribuyente la carga de acreditar qué error involuntario, percance, contratiempo o cualquier otra circunstancia haya sido la motivadora del incumplimiento. La nota pone de relieve cómo este enfoque introduce una objetivación implícita de la culpabilidad, y alerta sobre el riesgo de desvirtuar el principio de culpabilidad subjetiva que rige en el Derecho sancionador, en favor de una potestad sancionadora más automática, y, en última instancia, menos garantista.