IconoPíldoras Informativas

Información interesante que puede resultarte útil

Comentario a la Sentencia del Tribunal de Justicia de la UE, de 25 de noviembre de 2021 (Sala Tercera)

«Procedimiento prejudicial — Cooperación administrativa en el ámbito de la fiscalidad —
Directiva 2011/16/UE — Artículo 1, apartado 1, Artículo 5 y Artículo 20, apartado 2 — Solicitud de información — Decisión de requerimiento de información — Negativa a atender el requerimiento — Sanción — «Pertinencia previsible» de la información solicitada — Inexistencia de una identificación nominal e individual de los contribuyentes afectados — Concepto de «identidad de la persona sometida a examen o investigación» — Motivación de la solicitud de información — Alcance — Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea — Artículo 47 — Derecho a la tutela judicial efectiva contra la decisión por la que se requiere información — Artículo 52, apartado 1 — Limitación — Respeto del contenido esencial del derecho».

Comentario a la Sentencia del Tribunal de Justicia de la UE, de 21 de octubre de 2021 (Sala Tercera)

«Procedimiento judicial — Fiscalidad — Impuesto sobre el valor añadido (IVA) — Modalidades de devolución del IVA en favor de los sujetos pasivos no establecidos en el Estado miembro de devolución — Directiva 2008/9/CE — Artículo 20, apartado 1 — Solicitud de información adicional por parte del Estado miembro de devolución — Elementos que pueden ser objeto de una solicitud de información adicional — Discordancia entre el importe indicado en la solicitud de devolución y el importe que figura en las facturas presentadas — Principio de buena administración — Principio de neutralidad del IVA — Plazo de caducidad — Consecuencias sobre la rectificación del error del sujeto pasivo».

Comentario a la Sentencia del Tribunal de Justicia de la UE, de 11 de noviembre de 2021 (Sala Sexta)

Procedimiento prejudicial — Impuesto sobre el valor añadido (IVA) — Directiva 2006/112/CE — Artículo 90 — Reducción de la base imponible del IVA — Impago total o parcial del precio por declaración del deudor en concurso de acreedores — Requisitos impuestos por normativa nacional para la rectificación del IVA devengado — Requisito de que el derecho de crédito total o parcialmente no satisfecho no se hubiera adquirido en los seis meses anteriores a la declaración en concurso de la sociedad deudora — Incumplimiento».