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Comentario a la Sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (Sala Primera), de 30 de septiembre de 2021

Sistema común del impuesto sobre el valor añadido (IVA) — Directiva 2006/112/CE — Artículo 392 — Régimen de imposición sobre el margen de beneficio — Ámbito de aplicación — Entregas de inmuebles y de terrenos edificables comprados con fines de reventa — Sujeto pasivo que no ha tenido derecho a deducción con ocasión de la adquisición de los inmuebles — Reventa sujeta al K88IVA — Concepto de «terrenos edificables» — Principio de neutralidad fiscal, derecho de deducción y doble imposición.

Comentario a la Sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (Sala Tercera), de 1 de julio de 2021

Impuesto sobre el Valor Añadido — Directiva 2006/112/CE — Inspección fiscal — Servicios prestados en el marco de una actividad de agente artístico — Operaciones sujetas al IVA — Operaciones no declaradas a la Administración tributaria y por las que no se ha emitido factura — Fraude — Reconstitución de la base imponible del impuesto sobre la renta — Principio de neutralidad del IVA — Inclusión del IVA en la base imponible reconstituida — Distinción entre medidas sancionatorias por incumplimiento de las obligaciones de facturación y normas reguladoras de la determinación de la base imponible del IVA

The prospect of an EU Directive on the introduction of pillar one in the European Union. Any possible deviations from the OECD blueprint

La Comisión Europea, en su Comunicación COM(2021)251 final, ha indicado su intención de presentar una propuesta de Directiva destinada a introducir el Pilar Uno en la Unión Europea. El Pilar Uno atribuiría normas fiscales a las jurisdicciones de mercado con independencia de la presencia física de la empresa en dichas jurisdicciones, creando así un nexo adicional para la fiscalidad. Dado que la OCDE ha publicado en 2020 un extenso proyecto sobre el Pilar Uno —un proyecto que abarca todos los aspectos de su diseño y aplicación—, se plantea la cuestión crucial de si una directiva de la UE sobre el Pilar Uno debería seguir completamente el proyecto de la OCDE o debería diferir de este proyecto en aspectos específicos. El documento sostiene que una directiva de la UE sobre el Pilar Uno debería diferir del proyecto de la OCDE en al menos tres aspectos: las normas de alcance con respecto a la identificación de las Empresas Multinacionales cubiertas por el Pilar Uno, el tratamiento de las «entidades pagadoras» que crean filiales frente al tratamiento de las entidades pagadoras que crean sucursales en la jurisdicción del mercado, y el enfoque de la ventanilla única. El documento sostiene que sería conveniente apartarse de la guía de la OCDE en estos aspectos a la luz, respectivamente, de las normas sobre ayudas de Estado, de la necesidad de garantizar la coherencia con las libertades fundamentales y del objetivo de simplificación administrativa, en consonancia con la estrategia a largo plazo indicada en la Comunicación COM(2021)251 final.

Comentario a la Sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (Sala Décima), de 3 de junio de 2021

Procedimiento prejudicial — Fiscalidad — Impuesto sobre el valor añadido (IVA) — Directiva 2006/112/CE — Artículos 43 y 45 — Directiva 2006/112/CE, en su versión modificada por la Directiva 2008/8/CE — Artículos 44, 45 y 47 — Prestación de servicios — Lugar de conexión a efectos fiscales — Concepto de «establecimiento permanente» — Arrendamiento de un bien inmueble en un Estado miembro — Propietario de un bien inmueble con domicilio social en la Isla de Jersey