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Aplicación del mínimo por descendientes en los supuestos de finalización del vínculo matrimonial y su relación con la convivencia y la dependencia económica

Existiendo una sentencia de divorcio en la que se acuerda la custodia compartida, el mínimo por descendientes se aplicará en la autoliquidación del IRPF prorrateándolo entre los excónyuges a partes iguales, con independencia de que la convivencia sustancial, cuantitativamente, sea mayor para uno de ellos.
Lo anterior supone, según la Administración, que aunque no se perciba pensión por alimentos, la imposibilidad de aplicar el abono anticipado de la deducción del artículo 81 bis c) de la Ley del IRPF por uno de los cónyuges, prevista para un ascendiente separado legalmente, o sin vínculo matrimonial, con dos hijos, sin derecho a percibir anualidades por alimentos y por los que tenga derecho a la totalidad del mínimo previsto en el artículo 58 de la misma Ley

Ley 12-2023, de 24 de mayo, por el derecho a la vivienda

La Ley 12/2023, de 24 de mayo, por el derecho a la vivienda se ha publicado en el BOE con fecha 25 de mayo de 2023 y en su artículo 1 establece que tiene por objeto regular, en el ámbito de competencias del Estado, las condiciones básicas que garantizan la igualdad en el ejercicio de los derechos y en el cumplimiento de los deberes constitucionales relacionados con la vivienda y, en particular, el derecho a acceder a una vivienda digna y adecuada y al disfrute de las mismas en condiciones asequibles. Regulando el contenido básico del derecho de propiedad de la vivienda en relación con su función social.
Estamos ante una Ley que ha despertado el rechazo desde multitud de operadores jurídicos en el sector inmobiliario, en la medida, que las modificaciones que introduce, pueden provocar el efecto contrario al pretendido. Además, en estos momentos la incertidumbre política marcará el devenir de esta norma.