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Los gastos de propaganda y publicidad en la difusión de acontecimientos de excepcional interés público. Nueva interpretación del Tribunal Supremo

El Tribunal Supremo en sentencia 3076/2021 de 20 de julio (nº rec. 4081/2018), modifica su doctrina anterior contenida en la sentencia 1247/20178, de 13 de julio de 2017 (nº rec. 1351/2016), en relación con la deducción de gastos de propaganda y publicidad para la difusión de acontecimientos de excepcional interés público prevista en el artículo 27 de la Ley 49/2002, en relación con la adquisición de envases que lleven incorporado el logotipo de tales acontecimientos. Así, la base de la deducción del 15% de los gastos de propaganda y publicidad será el coste total de los envases que incorporan el logotipo de los acontecimientos.

Propuestas para una reforma fiscal

El Ministerio de Hacienda constituyó en el pasado mes de abril un comité de expertos para la reforma del sistema tributario, que tiene como objetivo analizar el sistema fiscal para mejorar su eficiencia, garantizar los recursos públicos y adaptarlo a los retos del siglo XXI.
Este comité, de carácter multidisciplinar, tiene como plazo para la entrega de sus conclusiones hasta el 28 de febrero de 2022, abriendo un periodo de consulta pública para recibir aportaciones hasta el 15 de julio de 2021.
En ese contexto, la Asociación Española de Asesores Fiscales, AEDAF, a través de sus Grupos de Expertos, ha elaborado una serie de propuestas para esta reforma, que contienen recomendaciones y sugerencias de orden técnico. Se trata de cuatro documentos de propuestas que se han integrado en este único documento, remitido a la comisión de expertos del Ministerio de Hacienda.