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Modificaciones introducidas en al artículo 70.Dos de la Ley 37-1992, del Impuesto sobre el Valor añadido, tras la aprobación de la Ley 31-2022, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2023

El artículo 70.Dos de la Ley 37/1992, de 28 de diciembre, del Impuesto sobre el Valor Añadido (Ley del VA) regula la conocida como regla de uso o explotación efectiva. Este artículo supone la transposición a la normativa española del artículo 59 bis de la Directiva 2006/112/CE del Consejo (Directiva del IVA) que se encuentra recogido en su subsección 10, de la sección 3 del capítulo 3, titulado “Medidas destinadas a evitar los casos de doble imposición y de no imposición”. Por lo tanto, la aplicación del mismo debe hacerse en situaciones muy particulares y concretas. La interpretación y aplicación práctica que la administración española hace de esta regla particular se ha ido modificando a lo largo de los años. En los últimos tiempos, se ha estado haciendo una interpretación excesivamente amplia de la misma lo que en muchos casos dificultaba determinar con certeza cuándo aplicar la norma y en qué términos. Con efectos desde el 1 de enero de 2023, el Gobierno español ha escuchado una larga demanda de las empresas españolas y ha decidido limitar significativamente la aplicación de esta controvertida norma.
En este nota se explican las modificaciones introducidas en el artículo 70.Dos de la Ley del IVA con efectos 1 de enero de 2023.

Plan de control tributario y aduanero 2023

El pasado 27 de febrero, se publicó en el Boletín Oficial del Estado la Resolución de 6 de febrero de 2023, de la Dirección General de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, por la que se aprueban las directrices generales del Plan Anual de Control Tributario y Aduanero de 2023.
Estas directrices, que siguen la misma estructura que otro de los instrumentos de planificación de la Agencia Tributaria como es el Plan de Objetivos anual, giran en torno a cinco grandes pilares que se resumen a continuación

Prooyecto de Orden por la que se modifica la Orden HFP-823-2022, de 24 de agosto, por la que se aprueba el modelo 345

Proyecto de orden por la que se modifica la orden hfp/823/2022, de 24 de agosto, por la que se aprueba el modelo 345 de “declaración informativa. Planes, fondos de pensiones y sistemas alternativos. Mutualidades de previsión social, planes de previsión asegurados, planes individuales de ahorro sistemático, planes de previsión social empresarial y seguros de dependencia. Declaración anual partícipes, aportaciones y contribuciones” y se establecen las condiciones y el procedimiento para su presentación y se modifica la orden hap/1608/2014, de 4 de septiembre, por la que se aprueba el modelo 187 de “declaración informativa. Acciones y participaciones representativas del capital o del patrimonio de las instituciones de inversión colectiva y resumen anual de retenciones e ingresos a cuenta de irpf, is e irnr en relación con rentas o ganancias patrimoniales obtenidas como consecuencia de transmisiones o reembolsos de esas acciones y participaciones y derechos de suscripción”.

Proyecto de Orden que aprueba el modelo 151 Declaración del IRPF para contribuyentes del régimen especial de trabajadores desplazados a territorio español, modelo 149

Documento sometido a trámite de audiencia e información pública el 6 de marzo de 2023
Proyecto de orden hfp/xx/2023, de xx de xxxxxxxxx, por la que se aprueba el modelo 151 de declaración del impuesto sobre la renta de las personas físicas para contribuyentes del régimen especial aplicable a los trabajadores, profesionales, emprendedores e inversores desplazados a territorio español, así como el modelo 149 de comunicación para el ejercicio de la opción por tributar por dicho régimen y se modifica la orden eha/3316/2010, de 17 de diciembre, por la que se aprueban los modelos de autoliquidación 210, 211 y 213 del impuesto sobre la renta de no residentes, que deben utilizarse para declarar las rentas obtenidas sin mediación de establecimiento permanente, la retención practicada en la adquisición de bienes inmuebles a no residentes sin establecimiento permanente y el gravamen especial sobre bienes inmuebles de entidades no residentes, y se establecen las condiciones generales y el procedimiento para su presentación y otras normas referentes a la tributación de no residentes