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El Ministerio de Hacienda acepta algunas de las observaciones realizadas por AEDAF en el trámite de consulta pública de la transposición de las directivas del comercio electrónico

El B.O.E. del 28 de abril publicó el Real Decreto-ley 7/2021, de transposición de directivas de la Unión Europea en las materias de competencia, prevención del blanqueo de capitales, entidades de crédito, telecomunicaciones, medidas tributarias, prevención y reparación de años medioambientales, desplazamiento de trabajadores en la prestación de servicios ransnacionales y defensa de los consumidores.
En el mismo se llevó a cabo la transposición de directivas de la UE en materia de IVA, en oncreto, el tratamiento del comercio electrónico (Directiva 2017/2455) y las ventas a distancia de bienes (Directiva 2019/1995).
En el trámite de consulta pública, la AEDAF a través del grupo de expertos en impuestos indirectos realizó sus pertinentes observaciones a ese proyecto de ley en septiembre de 2020, que publicamos en la RIA nº 34 de 21 de septiembre de 2020.
Pues bien, algunas de estas observaciones se han tenido en cuenta en la redacción definitiva publicada en el B.O.E., lo que supone un éxito para la AEDAF. A continuación, pasamos a exponer las mismas.

Procedimientos de subsanación de discrepancias catastrales y efectos tributarios sobre actos firmes y consentidos. Novedades en la reciente jurisprudencia del Tribunal Supremo

El Tribunal Supremo, en dos sentencias de 3 de junio de 20201 relativas a sendos recursos de un matrimonio en separación de bienes, se pronuncia sobre la procedencia de la devolución de ingresos indebidos derivada de un procedimiento de subsanación de discrepancias catastrales. Dicho de otro modo, se pronuncia sobre los efectos tributarios de una resolución de un procedimiento catastra

Análisis de la sentencia que declara la inconstitucionalidad de la plusvalía municipal .Efectos y valoración de las distintas actuaciones posibles

El 26 de octubre de 2021 se publicó en la web del Tribunal Constitucional (TC) una nota que anticipaba parcialmente el fallo de la sentencia que declaraba la inconstitucionalidad y nulidad de los artículos 107.1, segundo párrafo, 107.2.a) y 107.4 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de la Ley de Haciendas Locales (TRLRHL).
Dos días después se filtró el borrador de la sentencia, que finalmente coincidió con el documento publicado en la web del Tribunal Constitucional el pasado 3 de noviembre, así como el texto del voto particular presentado por el magistrado Conde-Pumpido Touron (al que se adhirió la magistrada Balaguer Callejón) y el voto concurrente del magistrado González Rivas.
En el momento de la preparación de esta nota todavía no se ha publicado en la BOE la sentencia, por lo que técnicamente no se han producido todavía los efectos jurídicos derivados de la declaración de inconstitucionalidad y nulidad de los preceptos citados, según dispone el artículo 38.uno de la Ley Orgánica 2/1978, del Tribunal Constitucional (LOTC). En todo caso, la relevancia del fallo y la limitación de efectos contenida en el mismo obliga a todos los operadores jurídicos a conocer el significado y alcance de dicha declaración de inconstitucionalidad