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Cuadernos de casación. Impuestos estatales directos e indrectos, impuestos autonómicos y locales (actualizado a 1 de septiembre de 2022)

En este ejemplar de los Cuadernos de Casación se recogen los autos de admisión de la Sección Primera y las sentencias dictadas por la Sección Segunda de la Sala de lo Contencioso-administrativo en materia de impuestos estatales directos e indirectos, impuestos autonómicos y locales.
Este ejemplar ha sido cerrado a 1 de septiembre de 2022.

Nuevo sistema de cotización para los autónomos y mejora de la protección por cese de actividad (RDL 13-2022, 26 jul.)

Se establecen las cuotas a pagar por los autónomos, de acuerdo con los ingresos reales declarados, durante los años 2023, 2024 y 2025. Antes de 2026 el Gobierno y los representantes de los autónomos deberán acordar cómo seguirán estos tramos para garantizar que en 2032 -periodo transitorio de nueve años que se han marcado- se consiga una implantación de un modelo definitivo de rendimientos por ingresos reales. También se amplía la protección por cese de actividad, además de introducir nuevas modalidades.

Propuestsa 3-2022 sobre la incorporación al error al Ordenamiento Tributario Español

Partiendo del debate suscitado en el citado Foro, el Pleno del Consejo para la Defensa del Contribuyente (en adelante, CDC) tiene a bien formular una propuesta dirigida a mejorar las posibilidades de rectificación de errores por parte de los sujetos pasivos sin sufrir la imposición de sanciones. Todo ello como parte de una estrategia tendente a incentivar el cumplimiento voluntario de las obligaciones tributarias.
En las páginas que siguen a continuación vamos a exponer, en primer lugar, la regulación francesa sobre este denominado derecho al error. A continuación, vamos a examinar, en términos abstractos, cómo debería configurarse tal derecho en nuestro ordenamiento jurídico, en caso de que se decidiera su incorporación. En tercer lugar, parece razonable analizar cuáles son las medidas de incentivo al cumplimiento voluntario y de regularización que ya existen en nuestro Derecho, al objeto de delimitar el margen de maniobra existente. Finalmente, partiendo de este doble análisis, formularemos una propuesta concreta de mejora.