IconoPíldoras Informativas

Información interesante que puede resultarte útil

Comentario a la Sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (Sala Primera) de 13 de enero de 2022

«Procedimiento prejudicial — Sistema común del impuesto sobre el valor añadido (IVA) —
Directiva 2006/112/CE — Artículo 168 — Derecho a deducción — Prestación de servicios postales exenta por error — IVA que se considera incluido en el precio comercial de la prestación a efectos del ejercicio del derecho a deducir — Exclusión — Concepto de IVA «devengado o pagado»»

Comentario a la Sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (Sala Octava) de 10 de febrero de 2022

«Procedimiento prejudicial — Armonización de las legislaciones fiscales — Sistema común
del impuesto sobre el valor añadido (IVA) — Directiva 2006/112/CE — Artículos 179 y 183 —
Derecho a deducción del IVA — Regulación — Compensación o devolución del excedente de IVA — Obligaciones de pago adicionales — Principio de neutralidad fiscal — Principios de equivalencia y de efectividad»

Comentario a la Sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (Sala Quinta) de 24 de febrero de 2022

«Procedimiento prejudicial — Sistema común del impuesto sobre el valor añadido —
Directiva 2006/112/CE — Artículos 167 y 168 — Derecho a deducción — Denegación — Fraude fiscal — Práctica de la prueba — Suspensión del procedimiento relativo a una reclamación administrativa presentada contra una liquidación tributaria mediante la que se deniega el derecho a la deducción, a la espera del resultado de un proceso penal — Autonomía procesal de los Estados miembros — Principio de neutralidad fiscal — Derecho a una buena administración — Artículo 47 de la Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea».

El Impuesto sobre el Valor de Producción de la Energía Eléctrica (IVPEE) y la sentencia del TJUE de 3 de marzo de 2021, asunto C-220-19, Oliva Park

El Impuesto sobre el Valor de la Producción de la Energía Eléctrica, aprobado en el año 2012, ha sido cuestionado desde el primer momento, tanto en el ámbito nacional como de la Unión Europea, siendo así que, recientemente el Tribunal de Luxemburgo dictó sentencia, concluyendo que este impuesto es un impuesto de naturaleza directa y, como tal, no vulnera lo previsto en el ámbito de los impuestos especiales. En la medida en que el Tribunal Constitucional ya se pronunció en su momento respecto de la adecuación de este impuesto al principio de capacidad económica, este pronunciamiento viene a zanjar la polémica que, en su momento, creó la instauración de esta figura impositiva.