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La semana pasad se aprobaron medidas tibutarias que afectan, entre otros, al IVA, IS e IRPF

El día 29 de junio de 2023 se ha publicado en el BOE el Real Decreto-ley 5/2023, de 28 de junio, por el que se adoptan y prorrogan determinadas medidas de respuesta a las consecuencias económicas y sociales de la Guerra de Ucrania, de apoyo a la reconstrucción de la isla de La Palma y a otras situaciones de vulnerabilidad; de transposición de Directivas de la Unión Europea en materia de modificaciones estructurales de sociedades mercantiles y conciliación de la vida familiar y la vida profesional de los progenitores y los cuidadores; y de ejecución y cumplimiento del Derecho de la Unión Europea.
En este documento se resumen las medidas de ámbito tributario contenidas en el Real Decreto-ley así como las modificaciones estructurales de sociedades mercantiles

La STS 184-2023, de 23 de enero (rec. 1381-2021). un paso más en la exigencia de motivación en la comprobación de valores

Recientemente se ha dado gran difusión en los medios a una sentencia de nuestro Tribunal Supremo, la 184/2023, de 23 de enero. Así, se ha señalado, en relación con la misma, que nuestro Tribunal Supremo “estudia un asunto sobre una liquidación del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados (ITP y AJD), en el que Hacienda giró impuestos en base a un dictamen pericial para evitar usar el valor de referencia de catastro que está en duda por la Justicia” y también que “amplia las exigencias de justificar estas tasaciones a los exámenes de los peritos”. Se añade, por último, que “los magistrados aprovechan esta sentencia para recordar su rechazo al Valor de Referencia (VRM) que usa Hacienda”.
Si bien es cierto, y esto es una buena noticia, que nuestro Alto Tribunal continúa con la consolidación de su línea interpretativa en relación con la necesidad de motivar el valor comprobado por la Administración cuando rectifica el valor declarado por el contribuyente, nos tememos que se han extrapolado unas consecuencias demasiado optimistas del contenido de la sentencia y se hace necesaria cierta precisión en relación con el mismo

Aportaciones sin contraprestacion de bienes privativos a la sociedad de gananciales. Tributacion por ISD o ITPYAJD

El presente comentario tiene por objeto la sentencia del Tribunal Supremo, Sala Tercera, de lo Contencioso-administrativo, Sección 2ª, 295/2021 de 3 de marzo de 2021, Rec. 3983/2019 en la que se establece que la aportación a título gratuito por un cónyuge de un bien privativo a su sociedad de gananciales no se encuentra sujeta al ITPAJD, ni puede ser sometida a gravamen por el Impuesto sobre Donaciones la sociedad de gananciales, como patrimonio separado, en tanto que sólo pueden serlo las personas físicas y aquellas instituciones o entes que especialmente se prevea legalmente, sin que exista norma al efecto respecto de las sociedades de gananciales, y sin que quepa confundir la operación que nos ocupa, en la que el beneficiario es la sociedad de gananciales, con la aportación a título gratuito por un cónyuge de un bien privativo a favor del otro cónyuge.