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Inicio del cómputo de prescripción a efectos del ISD en supuestos de donaciones realizadas por transferencias bancarias

En relación con el cómputo del plazo de prescripción para liquidar en el ISD la obligación tributaria derivada de las donaciones acreditadas mediante transferencias bancarias, únicamente reflejadas en los correspondientes apuntes bancarios, su inicio tiene lugar el día siguiente al transcurso de los 30 días hábiles posteriores (periodo voluntario de ingreso) a la fecha en que consta en dichos apuntes que fueron efectuadas las referidas transferencias.

La conmutación del usufructo viudal según reciente consulta de la Dirección General de Tributos CV02907-21

El presente comentario tiene por objeto la reciente CV 0297-01 de 18 de febrero en la que se establece que en las sucesiones testadas sujetas a derecho común en las que el testador haya autorizado o haya impuesto expresamente la conmutación de todo o parte de usufructo universal por bienes en pleno dominio y siempre que su valor quepa dentro del tercio de libre disposición no es aplicable la jurisprudencia establecida por el TS (sentencia 1.248/2020 de 1 de octubre de 2020 y sentencia 1.112/2020 y 1.113/2020 de 23 de julio de 2020) y no existirá un nuevo negocio jurídico distinto a la adquisición de la herencia.