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Modificación de la regla deutilizacion efectiva del IGIC. Ley 2-2022. Retroactividad, regularizaciones y consecuencias.

Efectos y consecuencias de la descoordinación en la modificación introducida por la Ley de PGE 2021 en el artículo 70 LIVA que regula la regla de utilización efectiva de determinados servicios, respecto a su sincronización con la norma reguladora del IGIC. Con la modificación de esta regla en el IVA, sin hacerlo simultáneamente en el IGIC, se generó una situación de desimposición (indirecta), que ha venido ahora a resolverse mediante la Disposición final tercera de la recién aprobada Ley 2/2022, de medidas
financieras, de apoyo social y económico y de cumplimiento de ejecución de sentencias.

Prestaciones de servicios huérfanas de imposición indirecta. El IGIC deja pasar el tren con la modificación de la regla de utilización efectiva del IVA

Si analizamos la aplicación de la regla de utilización efectiva vigente hasta la modificación acometida con la Ley de Presupuestos y su nueva versión con algunos ejemplos, nos podemos hacer una idea de sus efectos. Proponemos los siguientes, en la opinión de que pueden ser operaciones comunes, realizadas muy habitualmente