Tertulia Fiscal. Jueves 26 de febrero. Grupo de trabajo en Impuestos Indirectos (Delegación de Canarias)
Documentación de Tertulia Fiscal. Jueves 26 de febrero de 2026
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Documentación de Tertulia Fiscal. Jueves 26 de febrero de 2026
La vigente crisis mundial del turismo, derivada de la sanitaria, está teniendo unas repercusiones en todos los ámbitos no previstas con anterioridad. Entre otros muchos efectos, con repercusión en la economía de las empresas, podemos observar el que se produce en la tributación indirecta. La situación analizada en el presente artículo no es aplicable no obstante en exclusiva al sector turístico, porque trata sobre la regulación de dos circunstancias concretas, relacionadas con la insolvencia empresarial, ya reguladas con anterioridad y con carácter general, aunque lo cierto es que las consultas que originan este artículo proceden de ese sector, tanto las relativas al IVA como las del IGIC.
Documentación de la jornada «XVII Encuentro AEDAF. Jornada Nacional de Estudio 2024»
Documentación de la jornada «XVII Encuentro AEDAF. Jornada Nacional de Estudio 2024»
Sumario
I. Introducción. Origen del nuevo impuesto y el interés de la OCDE de proteger el tráfico marítimo internacional. Un concepto problemático.
II. Principal figura del negocio afectada en la imposición directa española por el impuesto global mínimo: el Régimen de Tonelaje.
III. El Registro Especial de Buques y Empresas Navieras de Canarias (REBECA). La protección al tráfico regular marítimo vinculado a Canarias. La bonificación en el Impuesto sobre Sociedades.
IV. Nuestras conclusiones.
Efectos y consecuencias de la descoordinación en la modificación introducida por la Ley de PGE 2021 en el artículo 70 LIVA que regula la regla de utilización efectiva de determinados servicios, respecto a su sincronización con la norma reguladora del IGIC. Con la modificación de esta regla en el IVA, sin hacerlo simultáneamente en el IGIC, se generó una situación de desimposición (indirecta), que ha venido ahora a resolverse mediante la Disposición final tercera de la recién aprobada Ley 2/2022, de medidas
financieras, de apoyo social y económico y de cumplimiento de ejecución de sentencias.
Si analizamos la aplicación de la regla de utilización efectiva vigente hasta la modificación acometida con la Ley de Presupuestos y su nueva versión con algunos ejemplos, nos podemos hacer una idea de sus efectos. Proponemos los siguientes, en la opinión de que pueden ser operaciones comunes, realizadas muy habitualmente