La paralización de la actividad económica durante la pandemia y el IAE. La sentencia del Tribunal Supremo de 30 de mayo de 2023 recurso de casación 2323-2022
La pandemia del COVID-19 tuvo una enorme repercusión en la actividad económica provocando, en ocasiones su paralización total y, en otras, importantes limitaciones para su ejercicio. Entre los muchos interrogantes que se plantearon entonces, uno de ellos fue el de si el Poder público (Estado, Comunidades Autónomas y Entidades Locales) podía, en esas circunstancias, exigir el pago de tributos por el ejercicio de una actividad económica que ese Poder público había prohibido ejercer.
La respuesta a ese interrogante fue muy variada. Algunas Administraciones aceptaron la máxima de que un Estado no puede exigir un tributo por una actividad que el mismo Estado ha prohibido ejercer y reaccionaron no exigiendo el tributo, en todo o en parte, recurriendo al expediente técnico de reconocer exenciones o bonificaciones que compensaran esa imposibilidad de ejercicio de la actividad gravada. Otras Administraciones, en cambio, trataron de mantener la exigencia íntegra del tributo y dieron lugar a reclamaciones y procedimientos judiciales de los contribuyentes.