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Información interesante que puede resultarte útil

Precisiones jurisprudenciales sobre el regimen de grupos a efectos del IVA la STJUE de julio de 2024, C-18-423

Esta sentencia del TJUE contribuye a reforzar la seguridad jurídica en la aplicación del régimen de fiscal de grupos de IVA, al confirmar la aplicación de la regla de «disregard» que rige en el ámbito de los grupos de IVA, en el sentido de que las operaciones internas entre los miembros del grupo no existen a los fines del IVA, incluso en casos donde tales operaciones tienen lugar entre miembros cuyas «operaciones exteriores» (output transactions) e s t á n normalmente exentas de IVA

Bonificaciones fiscales dirigidas a intrumentar objetivos sistemicos de politica social (contratación laboral para trabajo en territorio nacional) y libre prestacion de servicios la STJUE de 26 septiembre 2024

Resumen
Esta sentencia del TJUE constituye un precedente importante al validar medidas nacionales que restringen el ámbito objetivo de aplicación de bonificaciones fiscales del IRPF y reducciones de cuotas de la seguridad social en relación con trabajadores de un sector que desempeñen sus actividades en el territorio de un Estado miembro, excluyendo la aplicación de tales bonificaciones fiscales y reducciones de cotizaciones en situaciones transfronterizas donde las prestaciones de servicios se realizaran efectivamente en el territorio de otro Estado miembro.
El TJUE reconoció que los objetivos de protección social de los trabajadores y sistémicos del mercado laboral nacional pueden constituir una razón imperiosa de interés general, que permite compatibilizar con el Derecho de la UE ciertas medidas fiscales nacionales que articulan diferencias de trato penalizando la realización de actividades o inversiones en el territorio de otros Estados.

La directiva DAC6 sometida a un test de validez a la luz de la Carta Europea de Derechos Fundamentales la STJUE de 29 julio 2024 en el Asunto C-623-22, Belgian Association of Tax Lawyers

Esta sentencia del TJUE viene a validar a grandes rasgos el sistema de reporting establecido por la Directiva UE «DAC6», frente a su cuestionamiento general y específico con arreglo a los principios de legalidad ordinaria y penal y el derecho a la intimidad en los términos establecidos en la Carta Europea de Derechos Fundamentales.
El TJUE, a través de este pronunciamiento, perfila el sistema dual de comunicación y notificación de los profesionales del Derecho comprendidos en
el ámbito de aplicación de la Directiva DAC6, matizando los principios recogidos en su precedente de 8 de septiembre 2022 C-694/20. Esta jurisprudencia termina desarrollando y concretando, en este contexto, la protección del secreto profesional del abogado en relación con obligaciones de comunicación de información con el Fisco que puedan proyectarse sobre información obtenida en el curso de sus actividades de asesoramiento y defensa jurídica. De acuerdo con este pronunciamiento del Tribunal de Justicia podría mantenerse que los «abogados» en el sentido del art.1, apartado 2, letra a) de la Directiva 98/5, terminan siendo los profesionales del Derecho que gozan de una mayor protección regulatoria, al resultar beneficiados por el secreto profesional (abogado-cliente) en el marco del ejercicio de las actividades asesoramiento y defensa de clientes en relación con asuntos jurídico-tributarios, cuando menos en el marco y a los efectos de la aplicación de la DAC6.

La protección del secreto profesional de los abogados en el contexto de la aplicación de mecanismos de intercambio de información tributaria a nivel europeo la STJUE de 26 de septiembre de 2024, C-432-23

Esta sentencia posee gran trascendencia práctica en la medida en que el TJUE fija doctrina sobre la protección del secreto profesional de los abogados que realizan actividades de asesoramiento y defensa a clientes, frente a requerimientos de información cursados por autoridades fiscales, a la luz de la Carta Europea de Derechos Fundamentales. El pronunciamiento del TJUE se produce en relación con procedimientos de intercambio de información rogados puestos en marcha en aplicación de la Directiva 2011/16/UE, estableciendo en este sentido los principios de protección del secreto profesional de los abogados en el marco de inspecciones fiscales, resultando aplicable el Derecho de la UE, pudiendo afectar a lo establecido en la LGT.

Procedimientos tributarios nacionales, prescripción tributaria en el IVA y principios generales del derecho de la Unión Europea la STJUE de 13 de julio 2023, C-615-21

El asunto Napfény se refiere a cuestiones eminentemente procedimentales que atañen a un conjunto de cuestiones que se plantean al hilo de procedimientos de inspección y de revisión administrativa y judicial en relación con la aplicación de la normativa del IVA por parte de una sociedad mercantil húngara. La regulación general tributaria de Hungría permite la suspensión de la prescripción tributaria en determinados casos y la repetición de procedimientos tributarios en conexión con controles administrativos y ejecución de resoluciones dictadas en el marco de la revisión administrativa y judicial de actos administrativos. Tal marco regulatorio nacional, no armonizado, se termina cuestionando por el contribuyente, al hilo de una inspección sobre la aplicación del IVA, desde la perspectiva de los principios generales del Derecho de la UE de seguridad jurídica y efectividad. El TJUE adopta un enfoque de mínima intromisión sobre materias que no han sido armonizadas, por más que destaque la relevancia, aplicación e implicaciones de los principios del Derecho de la UE relativos a la seguridad jurídica, efectividad, buena administración y defensa de los administrados en situaciones comprendidas en su ámbito de aplicación.

El derecho a la devolución del IVA indebidamente facturado a la luz de los principios de neutralidad y efectividad La STJUE de 7 de septiembre de 2023, C-453-22

La sentencia del TJUE refuerza el derecho a la devolución de las cuotas del IVA indebidamente repercutidas, estableciendo cómo en casos donde el obligado tributario que ha soportado tal perjuicio no puede obtener su restitución civil de los sujetos pasivos que procedieron a tal repercusión, procede que la administración nacional conceda la devolución de ingresos tributarios indebidos y el abono de intereses de demora, siempre y cuando no se aprecien indicios de práctica fiscal abusiva.

Comentario al Auto del Tribunal de Justicia de la UE (Sala Sexta) de 1 de septiembre de 2022

Libre Circulación de Capitales—Impuesto sobre Sociedades—Dividendos percibidos por una
sociedad establecida en un Estado miembro de una sociedad nacional y de una sociedad establecida en un país tercero—Medidas nacionales para evitar la doble imposición—Diferencia de trato fiscal de los dividendos nacionales y extranjeros—Restricción a la libre circulación de capitales—Justificación basada en la eficacia de los controles fiscales—Inexistencia de obligación convencional de intercambio de información en materia tributaria