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Recomendaciones de índole práctica sobre cómo proceder respecto al Impuesto Temporal de Solidaridad de las Grandes Fortunas

La Ley 38/2022, de 27 de diciembre (BOE de 28 de diciembre), entre otros, crea el Impuesto Temporal de Solidaridad de las Grandes Fortunas (en adelante ITSGF).
El propósito de esta nota no es analizar el nuevo impuesto, ni sus características, ni interpretar las disposiciones contenidas en el texto legal. Tampoco estudiaremos las posibilidades de planificación y ahorro fiscal que la norma puede permitir. La finalidad es ofrecer una guía práctica de actuación o recomendaciones para que los asociados puedan aconsejar a sus clientes sobre cómo cumplir con esta nueva obligación tributaria, defendiendo y salvaguardando sus intereses y derechos, pero evitando en lo posible trabajos y costes extraordinarios que pueden ser de difícil repercusión al cliente.