Facturación electrónica. Estado de situación
Documentación de la jornada «XXXVI Congreso Nacional»
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Documentación de la jornada «XXXVI Congreso Nacional»
Jaime Correa, miembro del Grupo de Expertos en Impuestos Indirectos, comenta en esta nota el reciente pronunciamiento del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) del pasado 3 de julio de 2025 (asunto C-808/23, Högkullen AB), que aborda la cuestión de la aplicación de la regla especial de cálculo de la base imponible del Impuesto al valor normal de mercado, en un supuesto en el que una entidad holding gestiona activamente sus filiales —prestándoles diversos servicios de gestión empresarial a cambio de un precio o contraprestación—, no pudiendo estas últimas deducir en su totalidad las cuotas del IVA soportado por esos servicios adquiridos, al realizar dichas filiales determinadas operaciones exentas del Impuesto que no originan el derecho a la deducción.
Jaime Correa, miembro del Grupo de Expertos en Impuestos Indirectos de AEDAF, comenta en esta nota el reciente pronunciamiento del Tribunal Supremo del pasado 13 de noviembre de 2024 (ECLI:ES:TS:2024:5636), que aborda la cuestión de si procede la aplicación del tipo impositivo reducido del IVA previsto en el artículo 91.Uno.1.6º de la Ley del IVA -en la […]
Sergio Pérez Vegas, Jaime Rodríguez Correa y Fernando Matesanz Cuevas, miembros y coordinador respectivamente del Grupo de Expertos en Impuestos Indirectos, han elaborado este documento en el que de forma práctica comentan las modificaciones introducidas en la autoliquidación del Impuesto sobre el Valor Añadido en relación con la implementación de la nueva autoliquidación rectificativa que […]
Documentación de la jornada «XXXV Congreso Nacional AEDAF»
La presente nota pretende comentar el reciente pronunciamiento del Tribunal Supremo del pasado 9 de enero de 2023, que aborda la cuestión de si cabe entender como servicios de “transporte de personas y sus equipajes”, a los efectos de la aplicación del tipo impositivo reducido previsto en el artículo 91.uno.2.1º de la Ley del IVA, a aquellos desplazamientos o traslados de personas en globos aerostáticos que reúnen estas dos características: a) los transportes tienen su lugar de origen y de destino situados en el mismo lugar o ubicación, y b) tienen una finalidad principalmente recreativa o turística
Documentación de la Jornada «Cuestiones relevantes en el IVA en el sector de ocio, viajes y turismo»
Documentación de la jornada «Cuestiones relevantes en el IVA en el sector de ocio, viajes y turismo»