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Monetización de la deducción por I+D+i y tributación en volumen de operaciones (2ª Parte). pues no haber elegido susto

El presente documento tiene como objeto analizar la reciente sentencia de nuestro Tribunal Supremo (en adelante, STS), Sala Tercera, de lo Contencioso-administrativo, Sección 2ª, n.º 509/2023, de 24 de abril de 2023, Rec. 476/2022 (referida en nuestra RIA n.º 19, de 16 de mayo de 2023), que resuelve recurso contencioso-administrativo contra la resolución de la Junta Arbitral (en adelante, RJA) R 13/2022, de 25 de marzo de 2022.
Este análisis seguirá y complementará en lo posible mi artículo sobre la RJA recurrida, publicado -para su mejor referencia- en la RIA n.º 45 de 2022 (de 12 de diciembre de 2022).

Monetización de la deducción por I+D+i y tributación en volumen de operaciones. Pagando subvenciones ajenas o el complejo de pagafantas

Los conflictos entre las Haciendas forales y la Administración de Territorio Común derivadas de la diferente configuración de los impuestos concertados en los distintos territorios fiscales españoles, y especialmente del Impuesto sobre Sociedades, son comunes y frecuentes.
En este contexto hemos de aproximarnos, entender y analizar la Resolución 13/2022, de 25 de marzo, de la Junta Arbitral del Concierto Económico con la Comunidad Autónoma del País Vasco, cuyo objeto es determinar la competencia de exacción respecto de la devolución [la cursiva es intencionada] por actividades de investigación, desarrollo e innovación tecnológica (en lo sucesivo I+D+i) del año 2016 solicitada por un contribuyente.