IconoPíldoras Informativas

Información interesante que puede resultarte útil

La figura del «colaborador delegado» en la colaboración social en la aplicación de los tributos

En la actualidad, la mayoría de los impuestos se gestionan en régimen de autoliquidación. Por ello, adquiere una gran importancia la colaboración social, en los términos de lo dispuesto por el artículo 92 de la Ley General Tributaria.
Es sabido además que en los respectivos sitios web de la Administración Tributaria la mayoría de los trámites requieren identificación mediante certificado electrónico (imprescindible para la actuación de un colaborador social).

El recurso contra la inactividad de la administración como alternativa para obtener la devolución transcurrido el plazo de 6 meses

Concluye el Tribunal Supremo en esta sentencia que, en los supuestos de devoluciones derivadas de la normativa de cada tributo del artículo 31 de la LGT, transcurrido el plazo que tiene la Administración para devolver sin que esta haya tenido lugar, se genera un crédito a favor del contribuyente que le habilita para acudir a la vía del artículo 29.1 de la LJCA -recurso contra la inactividad de la Administración- para materializar dicha devolución, sin necesidad de acudir y agotar, previamente, la vía económico-administrativa.