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La regla de uso o explotación efectiva (Parte II). Modificaciones introducidas en el artículo 70.Dos de la Ley 37-1992, del Impuesto sobre el Valor añadido, tras la aprobación de la Ley 13-2023

El artículo 70.Dos de la Ley 37/1992, de 28 de diciembre, del Impuesto sobre el Valor Añadido (Ley del IVA) supone la transposición a la normativa española del artículo 59 bis de la Directiva 2006/112/CE del Consejo (Directiva del IVA). Dicho artículo regula la controvertida regla de uso o explotación efectiva. Esta regla, que fue modificada con efectos 1 de enero de 2023 con la aprobación de la Ley de Presupuestos Generales del Estado para el año 2023 limitando de forma considerable su ámbito de aplicación, ha sido nuevamente modificada mediante la Ley 13/2023, de 24 de mayo, reduciendo aún más el número de situaciones en las que resulta aplicable. Los nuevos cambios introducidos tienen efectos desde el 26 de mayo de 2023.
En esta nota se explica la nueva modificación introducida en el artículo 70.Dos de la Ley del IVA. También se hace un repaso sobre cuál es el objetivo del legislador comunitario en relación con esta norma, por qué la aplicación que en España se ha estado haciendo de la misma ha sido controvertida en muchos aspectos y se señalan algunas cuestiones que, a pesar de las modificaciones introducidas, continúan siendo objeto de debate en la actualidad.