La consideración de operaciones vinculadas y su sometimiento a valoración de mercado de determinadas retribuciones obtenidas por los administradores de entidades mercantiles RTEAC de 24 de septiembre de 2024
La doctrina administrativa del Tribunal Económico-Administrativo Central tras la Resolución en unificación de criterio de 24 de septiembre de 2024 y su precedente de 20 de marzo de 2024, establece que, en aquellos casos en que una persona física, ostente el cargo de administrador de una sociedad y, a su vez, sea designado por esta última como representante persona física en el órgano de administración de una tercera, estaríamos ante un doble vínculo, con naturalezas jurídicas y regímenes de valoración diferenciados.