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Informe sobre los efectos del criterio de los TEAR en los órganos de aplicación de los tributos

El Pleno del Consejo para la Defensa del Contribuyente, en su reunión de 18 de mayo de 2022, acordó la elaboración del presente informe sobre los efectos del criterio de los tribunales económico-administrativos regionales (TEAR) y locales (TEAL) en la actuación de los órganos de aplicación de los tributos de la Agencia Estatal de la Administración Tributaria (AEAT).
Dicho informe trae causa de un expediente de disconformidad interna (art. 10.4 del Real Decreto 1676/2009, de 13 de noviembre) en el que se plantea si un órgano de gestión tributaria debe seguir el criterio reiterado del TEAR (avalado por el Tribunal Superior de Justicia de su ámbito territorial) o puede separarse de aquel, puesto que las resoluciones de los TEAR (y TEAL) no son vinculantes para los órganos de aplicación de los tributos.
La cuestión relativa a los efectos de la doctrina y criterios de los tribunales económico-administrativos sobre los órganos de aplicación de los tributos, siendo una cuestión de indudable interés y trascendencia práctica, ha sido escasamente abordada de forma monográfica en la literatura tributaria. Es, asimismo, una materia compleja que presenta múltiples derivadas. Sin embargo, el objeto de este informe se limita a abordar una de ellas, la referente a en qué situaciones los órganos de aplicación de los tributos deben tener en cuenta lo resuelto por los TEAR o TEAL en sus actuaciones.

Propuestsa 3-2022 sobre la incorporación al error al Ordenamiento Tributario Español

Partiendo del debate suscitado en el citado Foro, el Pleno del Consejo para la Defensa del Contribuyente (en adelante, CDC) tiene a bien formular una propuesta dirigida a mejorar las posibilidades de rectificación de errores por parte de los sujetos pasivos sin sufrir la imposición de sanciones. Todo ello como parte de una estrategia tendente a incentivar el cumplimiento voluntario de las obligaciones tributarias.
En las páginas que siguen a continuación vamos a exponer, en primer lugar, la regulación francesa sobre este denominado derecho al error. A continuación, vamos a examinar, en términos abstractos, cómo debería configurarse tal derecho en nuestro ordenamiento jurídico, en caso de que se decidiera su incorporación. En tercer lugar, parece razonable analizar cuáles son las medidas de incentivo al cumplimiento voluntario y de regularización que ya existen en nuestro Derecho, al objeto de delimitar el margen de maniobra existente. Finalmente, partiendo de este doble análisis, formularemos una propuesta concreta de mejora.

El CDC ha emitido un informe sobre las notificaciones en peridos vacaciones y posibles vías de mejora

El objeto del Informe es tratar de identificar y sistematizar estas situaciones no deseadas y por qué se producen, repasar sintéticamente la normativa sobre plazos que existe en nuestro ordenamiento jurídico y promover, en su caso, algún tipo de medida paliativa o correctora para evitar o atenuar que estas situaciones no deseadas se produzcan.
En este Informe se identifica como periodo vacacional más problemático el mes de agosto y se circunscribe a las comunicaciones y notificaciones de la Administración tributaria y de los Tribunales Económico-Administrativos.