Cuestiones tributarias de actualidad
Documentación de la jornada «JORNADA EN ALBACETE IX Jornada tributaria AEDAF – UCLM: Cuestiones tributarias de actualidad.»
Información interesante que puede resultarte útil
Documentación de la jornada «JORNADA EN ALBACETE IX Jornada tributaria AEDAF – UCLM: Cuestiones tributarias de actualidad.»
Documentación de la Jornada «Falca GRUP IRPF : Resumen de los temas tratados en el grupo de expertos»
Legislación correspondiente al período del 21 de noviembre al 27 de noviembre de 2023
El pasado 31 de julio me notificaba el Tribunal Supremo la sentencia nº1091/2023 (Rec. 515/2022) del día 24 anterior, en la que confirmaba la deducibilidad en el IRPF de los intereses de demora que se le impusieron a un cliente, abogado de profesión, en unas liquidaciones del IRPF e IVA derivadas de varias actas de inspección.
Es esta la primera sentencia del Tribunal Supremo que aborda el tratamiento que deben recibir en IRPF los intereses de demora liquidados sobre la cuota descubierta relativa a rendimientos de la actividad empresarial o profesional de las personas físicas tanto en el IRPF como en el IVA, que los considera deducibles en la determinación del citado rendimiento empresarial. Esta circunstancia le ha conferido una relevante repercusión en medios de comunicación y redes sociales profesionales
Nota informativa nº 98/2023
El pleno del tc desestima los recursos de inconstitucionalidad interpuestos por la junta de andalucía y la xunta de galicia contra el impuesto sobre grandes fortunas
El TS consolida su reciente doctrina en materia de deducibilidad en el IS de las retribuciones satisfechas a los altos directivos y administradores
Impuesto sobre el valor añadido (iva). Documento recopilatorio elaborado por el Gabinete de Estudios de consultas vinculantes de la dirección general de tributos (dgt)
Período: julio y agosto – 2023
(Publicadas el 27-09-2023)
La reciente sentencia del TS 4355/2023, de 24 de octubre resuelve el recurso de casación planteado por la Administración General del Estado frente a la sentencia de la AN 2817/2021, de 16 de junio, relativa a la aplicación de las deducciones por actividades I+D+i del artículo 35 del ya derogado TRLIS, Real Decreto Legislativo 4/2004, de 5 de marzo (vigente artículo 35 de la LIS, Ley 27/2014, de 27 de noviembre). El TS debía analizar si en la base de estas deducciones es posible tener en cuenta gastos devengados en ejercicios anteriores y no consignados en la autoliquidación del período, o si para ello era necesario rectificar la citada autoliquidación, aun cuando la realización de la actividad pudiera acreditarse en el período posterior en que se aplica la deducción