El pasado viernes, 31 de marzo, se publicó en el BOE la Orden HFP/311/2023, de 28 de marzo, por la que se eleva el límite exento de la obligación de aportar garantía en las solicitudes de aplazamiento o fraccionamiento a 50.000 euros.
La Orden entra en vigor el 15 de abril, pero hay que tener en cuenta que el nuevo límite exento de 50.000 euros no se aplicará a las solicitudes de aplazamiento y fraccionamiento que se encuentren en tramitación en dicha fecha, pues las mismas seguirán rigiéndose por lo establecido en la normativa vigente a la fecha de presentación de la correspondiente solicitud, es decir, les será de aplicación el límite de 30.000 euros.
Esta orden actualiza el antiguo límite exento de 30.000 euros establecido en la Orden HAP/2178/2015, de 9 de octubre, manteniéndose el ámbito de aplicación referente a las solicitudes de aplazamiento y fraccionamiento de pago de las deudas derivadas de derechos de naturaleza pública de la Hacienda Pública Estatal gestionados por la Agencia Estatal de Administración Tributaria y demás órganos de la Administración General del Estado y sus organismos autónomos.
Como viene siendo habitual, en el trámite de audiencia e información pública de esta norma, la AEDAF, en cumplimiento de las funciones previstas en sus estatutos y dentro del plazo establecido, presentó observaciones, las cuales, una vez más y como viene siendo costumbre, no han sido atendidas