Las sociedades dedicadas al arrendamiento de inmuebles mantienen la exención en el IP aunque su empleado cotice en el RETA

La Dirección General de Tributos en su consulta V0203-25 de 19 de febrero se ha pronunciado en relación con la exención prevista en el artículo 4.Ocho.Dos LIP, en aquellos casos de sociedades de arrendamientos de inmuebles gestionados por un familiar del administrador.