El Tribunal Supremo admite a casación la falta de creación de órganos de resolución de REA en los municipios de gran población

El Tribunal Supremo, mediante auto de 12 de enero de 2022, rec. 2928/2021, ha admitido a casación una cuestión que está causando cierta inquietud en las últimas semanas. La cuestión que se entiende que tiene interés casacional es la siguiente: Aclarar si, la falta de creación en los municipios de gran población del órgano especializado para resolver las reclamaciones económico- administrativas previsto en el artículo 137 LBRL , determina la nulidad de los actos de gestión, liquidación, recaudación e inspección de los tributos e ingresos de derecho público, que sean de competencia municipal, al privar el Ayuntamiento al contribuyente del derecho a la resolución de su reclamación económico-administrativas por un órgano especializado antes de acudir a la vía judicial.

El Tribunal Supremo, mediante auto de 12 de enero de 2022, rec. 2928/2021, ha admitido a casación una cuestión que está causando cierta inquietud en las últimas semanas. La cuestión que se entiende que tiene interés casacional es la siguiente: Aclarar si, la falta de creación en los municipios de gran población del órgano especializado para resolver las reclamaciones económico- administrativas previsto en el artículo 137 LBRL , determina la nulidad de los actos de gestión, liquidación, recaudación e inspección de los tributos e ingresos de derecho público, que sean de competencia municipal, al privar el Ayuntamiento al contribuyente del derecho a la resolución de su reclamación económico-administrativas por un órgano especializado antes de acudir a la vía judicial.