Cuantificación del valor de una ofocina de farmacia adquirida a título lucrativo
En los supuestos de transmisión de elementos afectos adquiridos a título lucrativo, cuando no pueden ser contabilizados de manera individual y separada, su valor de adquisición vendrá determinado por el importe real de los valores a efectos del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones, siempre que no excedan del valor de mercado, en coherencia con la aplicación del principio de unicidad
En los supuestos de transmisión de elementos afectos adquiridos a título lucrativo, cuando no pueden ser contabilizados de manera individual y separada, su valor de adquisición vendrá determinado por el importe real de los valores a efectos del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones, siempre que no excedan del valor de mercado, en coherencia con la aplicación del principio de unicidad