Comentario del Grupo de Expertos Empresa Familiar sobre la doctrina del Tribunal Supremo respecto del cumplimiento del artículo 4.Ocho.Dos del Impuesto sobre el Patrimonio
Carmen Ruiz Hidalgo, miembro del Grupo de Expertos en Imposición Patrimonial y Empresa Familiar, comenta en este documento la jurisprudencia del Tribunal Supremo y como de la doctrina administrativa, en relación con el cumplimiento del requisito contenido en el apartado c) del artículo 4.Ocho.Dos del Impuesto sobre el Patrimonio, relativo al importe de las retribuciones a percibir por el sujeto pasivo por el ejercicio de las funciones de dirección en la entidad, a efectos del cumplimiento de la exención.