El TSJPV abre el camino a nuevos recursos y ratifica la supremacía del derecho de la Unión en el Impuesto sobre el Patrimonio

La STSJPV 396/2022 de 14 de noviembre de 2022, a priori, trae consigo importantes consecuencias (positivas) para los contribuyentes no residentes del Impuesto sobre el Patrimonio con activos localizados fundamentalmente en Madrid (bonificación 100%) y, en menor medida, Galicia (bonificación 25%).
Estos contribuyentes, tienen derecho a optar por la normativa autonómica de referencia y por tanto deberán reclamar la devolución total (Madrid) o parcial (Galicia) del importe satisfecho en los Impuestos sobre el Patrimonio presentados y no prescritos incluyendo los intereses de demora correspondientes y manteniendo el contencioso “vivo” y a la espera de que nuestro Alto Tribunal se pronuncie, dada la contradicción evidente en la resolución de los TSJ autonómicos anteriormente citados.

La STSJPV 396/2022 de 14 de noviembre de 2022, a priori, trae consigo importantes consecuencias (positivas) para los contribuyentes no residentes del Impuesto sobre el Patrimonio con activos localizados fundamentalmente en Madrid (bonificación 100%) y, en menor medida, Galicia (bonificación 25%).
Estos contribuyentes, tienen derecho a optar por la normativa autonómica de referencia y por tanto deberán reclamar la devolución total (Madrid) o parcial (Galicia) del importe satisfecho en los Impuestos sobre el Patrimonio presentados y no prescritos incluyendo los intereses de demora correspondientes y manteniendo el contencioso “vivo” y a la espera de que nuestro Alto Tribunal se pronuncie, dada la contradicción evidente en la resolución de los TSJ autonómicos anteriormente citados.