Precisiones jurisprudenciales sobre el regimen de grupos a efectos del IVA la STJUE de julio de 2024, C-18-423

Esta sentencia del TJUE contribuye a reforzar la seguridad jurídica en la aplicación del régimen de fiscal de grupos de IVA, al confirmar la aplicación de la regla de «disregard» que rige en el ámbito de los grupos de IVA, en el sentido de que las operaciones internas entre los miembros del grupo no existen a los fines del IVA, incluso en casos donde tales operaciones tienen lugar entre miembros cuyas «operaciones exteriores» (output transactions) e s t á n normalmente exentas de IVA