Comentarios de urgencia a la STS 538-2024, de 29 de enero, con relación a la cesión gratuita de vehículos a los empleados. Nada nuevo
Antonio Durán-Sindreu Buxadé, doctor en Derecho y miembro de AEDAF, comenta en esta nota la Sentencia del Tribunal Supremo 538/2024, de 29 de enero, nº de recurso 5226/2022, en la que se fija como doctrina jurisprudencial que no está sujeta al IVA la cesión del uso de un vehículo afectado a la actividad empresarial a un empleado para su uso particular a título gratuito cuando dicho empleado no realiza ningún pago ni deja de percibir una parte de su retribución como contraprestación ni está vinculado a la renuncia de otras ventajas. Además, al tratarse de una cesión no sujeta, no resulta exigible que la empresa repercuta el IVA a sus trabajadores por esta cesión aunque por tales vehículos se hubiera deducido el IVA soportado.