Responsabilidad patrimonial del Estado legislador y 720: una jurisprudencia pendular

  1. Un poco de Pero no mucha
  2. Nulidad de plano de las sanciones tributarias impuestas por incumplir con el modelo 720
  3. ¿Responsabilidad patrimonial por las ganancias patrimoniales no justificadas específicas previstas para el modelo 720?
  4. No existe responsabilidad patrimonial puesto que el particular no actuó con una diligencia razonable
  5. No existe responsabilidad patrimonial puesto que no cabe catalogar la infracción cometida por el legislador como suficientemente caracterizada
  6. Cabe considerar que el particular ha actuado diligentemente si ha interpuesto recursos en vía administrativa
  7. Conclusiones