La mal resuelta cuestión de los gastos médicos y farmacéuticos en el IRPF de empresarios y profesionales

El que la doctrina de la Dirección General de Tributos y (en un caso aislado) la jurisprudencia menor hayan dicho que los gastos médicos y farmacéuticos no son gastos deducibles de la base imponible del IRPF de los empresarios o profesionales, obedece a un análisis de la normativa que resulta incorrecto y forzado. Este trabajo revisa la evolución del IRPF desde 1978 hasta nuestros días, para alcanzar la conclusión contraria: los gastos médicos y farmacéuticos sí deberían ser deducibles de la base imponible del IRPF.