Comentario sobre la Sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea en el asunto C-812-19 Danske Bank, de 11 de marzo de 2021

El presente comentario tiene por objeto la Sentencia del TJUE de 11 de marzo 2021 evacuada en el asunto C-812/19 Danske Bank A/S que viene a confirmar el criterio establecido por el Tribunal en la anterior Sentencia del caso C-7/13 Skandia y que sin duda tendrá un impacto significativo en la tributación en el IVA de las operaciones realizadas entre las entidades y sus establecimientos permanentes en otros países.

El presente comentario tiene por objeto la Sentencia del TJUE de 11 de marzo 2021 evacuada en el asunto C-812/19 Danske Bank A/S que viene a confirmar el criterio establecido por el Tribunal en la anterior Sentencia del caso C-7/13 Skandia y que sin duda tendrá un impacto significativo en la tributación en el IVA de las operaciones realizadas entre las entidades y sus establecimientos permanentes en otros países.